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Declaración de Beneficiario Final
La compañia, luego de aplicar los criterios previstos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del Decreto Legislativo N°1372, no ha podido identificar, hasta la fecha, a sus beneficiarios finales, motivo por el cual ha realizado la respectiva declaración bajo el criterio previsto en el literal c) del citado párrafo 4.1.